La Ministra de Vivienda se salta las normas y régimen de las sustituciones registrales

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Mientras el número de parados se acerca a los 5 millones, la ministra de vivienda  ha colocado como sustituto de su registro – saltándose a la torera las normas y régimen de las sustituciones registrales- a una persona de su confianza, el registrador de Tomelloso Eduardo Martínez, que acumula cinco retribuciones públicas.

 

El cuadro legal de sustituciones de los registros españoles, que es de aplicación obligatoria, impone como sustituto del registro de Lillo, al registrador de Quintanar de la Orden; en su defecto, al registrador de Ocaña y, a falta de ambos, al registrador de Illescas número 3.

Así resulta de la Instrucción e la Dirección General de los Registros y el Notariado de 12 de febrero de 2008.
Se facilita un acceso a su contenido:
Cuadro de sustituciones registrales
ADEMÁS, EL REGISTRADOR DE TOMELLOSO EDUARDO MARTÍNEZ HA SUSCRITO UN CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE TOMOLLOSO POR EL QUE GANARÁ UN 8% DE LO RECAUDADO POR EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL Y EL 50% DEL RECARGO EJECUTIVO O EL 100% DE LOS RECARGOS DE APREMIO.
Pinche aquí para tener acceso al convenio:
ESE CONVENIO ES ILEGAL, PUES LOS REGISTRADORES NECESITAN LA PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA PARA PODER EJERCER SIMULTÁNEAMENTE COMO REGISTRADOR Y COMO LIQUIDADOR TRIBUTARIO. ADEMÁS, EL AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO NO HA CONVOCADO NINGÚN CONCURSO PÚBLICO SINO QUE HA ADJUDICADO A DEDO AL REGISTRADOR ESE PREMIO DE COBRANZA, VIOLANDO LO DISPUESTO EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATOS CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
TODAS LAS LIQUIDACIONES DE PLUSVALÍA MUNICIPAL QUE HAGA ESE REGISTRADOR SON NULAS Y PUEDEN SER OBJETO DE RECURSO. La Asociación colgará en esta web modelos de recursos contra las liquidaciones municipales giradas por funcionario incompatible.
¿POR QUÉ BUSCA EL  LOBBY REGISTRAL QUE EL PATRONO DE LA FUNDACIÓN REGISTRAL Y HOY MINISTRO DE JUSTICIA FRANCISCO CAAMAÑO  ELIMINE EL CUADRO DE SUSTITUCIONES DEL COLEGIO DE REGISTRADORES?
¿SE PRETENDE OCULTAR QUE NO SE HA RESPETADO EL CUADRO AL NOMBRAR AL SUSTITUTO DEL REGISTRO DE LA MINISTRA BEATRIZ CORREDOR?
Beatriz Corredor, pese a ser Ministra, sigue siendo TITULAR DEL REGISTRO Y DE LA OFICINA LIQUIDADORA DE LILLO, teniendo como sustituto a un Registrador de su máxima confianza, Eduardo Martínez, Registrador de Tomelloso, aunque para colocar a este sustituto se haya tenido que despreciar el orden imperativo del cuadro de sustituciones.  No se ha nombrado al de Quintanar de la Orden, al de Ocaña o al de Illescas 3, que son –sucesivamente- los sustitutos legales. Ni siquiera se ha nombrado a otro de la misma provincia con registro limítrofe, como Madridejos o Toledo, o cualquiera de los otros registros de Illescas (I y II). Pero más allá de saltarse el orden del cuadro de sustituciones, también se ha violentado el sentido común, acudiendo a un registrador de otra provincia. Y puestos a buscar sustitutos en otras provincias o Comunidades Autónomas, no se entiende – salvo designación a dedo- por qué se le da el chollo al registrador de Tomelloso, y se priva del mismo a otros compañeros con residencia en municipios más próximos, como Socuéllamos, Alcázar de San Juan (I y II), Albacete, Villarrobledo, Tarancón o Aranjuez.
Este peculiar sistema de sustitución se produce cuando no se pide la excedencia de la función pública registral. Se da la circunstancia de que la Ley de Incompatibilidades de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación exige la excedencia del cuerpo de registrador para ejercer como Ministro y prohíbe que se pueda llevar el registro, incluso mediante sustituto, mientras se desempeña ese alto cargo. Asimismo, la legislación de incompatibilidades prohíbe también al Alto Cargo cobrar el cincuenta por ciento de los rendimientos del registro y de la oficina liquidadora. Sin embargo, es práctica común entre registradores aplicar el preconstitucional artículo 541 del Reglamento Hipotecario (derogado por las leyes de Incompatibilidades de 1984 y 1999) para repartirse entre el registrador titular sustituido y el registrador sustituto los ingresos del registro y de la oficina liquidadora.
Esto supone que Eduardo Martínez, Registrador de Tomelloso cobra 5 RETRIBUCIONES PÚBLICAS (3 conseguidas con su Registro de Tomelloso y 2 más gracias a la sustitución de Beatriz Corredor):
-Sus ingresos por arancel por ser Registrador titular de Tomelloso.
-Un porcentaje de los impuestos de los ciudadanos de Castilla La Mancha como titular de la Oficina Liquidadora de impuestos de Tomelloso.
-Sus ingresos por arancel por ser el sustituto del Registro de Lillo ( que debe repartir a medias)
-Sus ingresos como sustituto de la Oficina Liquidadora de Lillo (porcentaje de los impuestos de los ciudadanos de Castilla La Mancha como titular de la Oficina Liquidadora de impuestos)
-Sus ingresos por el reciente Convenio con el Ayuntamiento de Tomelloso para liquidar la plusvalía municipal con un porcentaje del 8% de lo pagado por el ciudadano.
También es ilegal la percepción simultánea de esos cincos ingresos, al margen de que la Ley de Incompatibilidades de 1984 prohíbe taxativamente a cualquier funcionario público cobrar dos o más retribuciones públicas cuya suma supere el salario previsto en la Ley de Presupuestos para la categoría de Director General. En el presente caso se sobrepasa el límite por más de cincuenta veces.
Los anteriores Ministerios socialistas de Juan Fernando López Aguilar y Mariano Bermejo iniciaron un reforma de los Registros de la propiedad y mercantiles encaminada a reducir los privilegios de los Registradores que perjudicaban al ciudadano español, a fin de progresar en la constitucionalización de la arcaica organización registral.
Esa reforma se quedó a medias por el nombramiento del hombre de “la casa registral”: el patrono registral y hoy Ministro de Justicia Francisco Caamaño.
El actual Decano registral Alfonso Candau, Presidente de Arbo, y la actual Ministra de Arbo Vivienda (así la llaman los funcionarios del Ministerio) la Registradora y exvicepresidente de Arbo, Beatriz Corredor, iniciaron un enconado ataque desde la web www.arbo.org.es contra la Directora General de los Registros exigiendo su cese, algo que se apresuró a realizar el hombre de “la casa registral” Fran Caamaño (utilizando la amigable terminología que tanto usan los Registradores del lobby).
Ahora el lobby registral con su Decano Alfonso Candau a la cabeza, quieren que el compañero “Fran” se cargue el cuadro de sustituciones que aprobó el anterior Ministerio de Justicia socialista, para disimular las irregularidades que publicamos en esta entrada.
¿Por qué quieren los Registradores que el Ministro elimine ese cuadro?
Existen diversas razones, aunque la más importante es que ese cuadro no permite que cualquier Registrador pueda designar como sustituto al Registrador (el amigo o amiga) que le dé gana sino el que corresponda por criterios objetivos. Esto impide que un registrador pueda beneficiar legalmente a un amigo de forma arbitraria o que pueda negociar con un compañero el reparto de los rendimientos bajo la amenaza de “si lo quieres bien y si no busco a otro compañero que pida menos porcentaje”.
La Ministra de Arbo Vivienda y Registradora de la propiedad sigue siendo Registradora de la propiedad de Lillo -me remito al Anuario de la Dirección General de los Registros y del Notariado que publica la editorial del BOE- y ha designado un sustituto distinto del previsto en el Cuadro de Sustituciones.
¿Hizo alguna gestión en el Ministerio la Ministra Beatriz Corredor para que el sustituto de su Registro fuera el anterior Decano del Colegio de Registradores de Castilla La Mancha Eduardo Martínez en vez de el que corresponde legalmente?
¿Con quien reparte Eduardo Martínez su retribución del Registro y de la Oficina liquiadora de Lillo?
¿Cobra alguna cantidad de esos beneficios la Ministra de Vivienda, ya directamente, ya mediante retorno colegial?
estas cuestiones son importantes porque gracias a esa designación, el Registrador Eduardo Martínez añade a su retribución como Registrador de Tomelloso la retribución del Registro de Lillo y la retribución de la Oficina Liquidadora de Lillo.
La solución a todos estos dislates, que sólo ocurren en España, es clara: hacer con el Registro de la propiedad y mercantil lo mismo que el Ministro de Justicia va a hacer con el Registro Civil: un Registro de la propiedad único y un Registro Mercantil único, informatizados, accesibles on line y gratuitos -como en toda Europa- servidos por funcionarios que cobran un sueldo del Estado y no un millón de euros al año como los Registradores de la propiedad y mercantiles.
En contra de europeizar a los Registradores de la propiedad y mercantiles españoles se encuentra la Vicepresidente María Teresa Fernandez de la Vega (muy amiga de alguien muy cercano al Decano Registral Alfonso Candau, que ya utilizó a su entonces Secretario con las Cortes, Fran Caamaño, para paralizar la reforma de los Registradores españoles) el patrono registral y Ministro de Justicia Fran Caamaño y  la Ministra de Arbo Vivienda Beatriz Corredor.
¿Entienden ahora por qué el único lugar de Europa en el que los Registradores de la propiedad y mercantiles no ganan un sueldo sino cantidades multimillonarias es España?
¿Entiende ahora por qué los registradores pueden dedicarse a hacer política sin merma alguna de su situación económica?
¿Entienden, en fin, por qué el lobby registral puede decir: Tenemos en el Consejo de Ministros sentado a “uno de los nuestros” y, a veces, a dos. Y, además, un tercero calentando el sillón del Jefe de la Oposición.
¿ Y entienden, por último, porque Rajoy jamás critica la política de Vivienda de Beatriz Corredor y pese a semejante privilegio sigue siendo la Ministra del Gobierno peor valorada del Siglo?
Seguiremos informando…

El cuadro legal de sustituciones de los registros españoles, que es de aplicación obligatoria, impone como sustituto del registro de Lillo, al registrador de Quintanar de la Orden; en su defecto, al registrador de Ocaña y, a falta de ambos, al registrador de Illescas número 3.

Así resulta de la Instrucción e la Dirección General de los Registros y el Notariado de 12 de febrero de 2008.

Se facilita un acceso a su contenido:

Cuadro de sustituciones registrales

ADEMÁS, EL REGISTRADOR DE TOMELLOSO EDUARDO MARTÍNEZ HA SUSCRITO UN CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE TOMOLLOSO POR EL QUE GANARÁ UN 8% DE LO RECAUDADO POR EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL Y EL 50% DEL RECARGO EJECUTIVO O EL 100% DE LOS RECARGOS DE APREMIO.

Pinche aquí para tener acceso al convenio:
http://www.derecho.com/l/bop-ciudadreal/convenio-colaboracion-gestion-impuesto-incremento-valor-terrenos-naturaleza-urbana-ayuntamiento-argamasilla-alba-titular-registro-propiedad-tomelloso/

ESE CONVENIO ES ILEGAL, PUES LOS REGISTRADORES NECESITAN LA PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA PARA PODER EJERCER SIMULTÁNEAMENTE COMO REGISTRADOR Y COMO LIQUIDADOR TRIBUTARIO. ADEMÁS, EL AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO NO HA CONVOCADO NINGÚN CONCURSO PÚBLICO SINO QUE HA ADJUDICADO A DEDO AL REGISTRADOR ESE PREMIO DE COBRANZA, VIOLANDO LO DISPUESTO EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATOS CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

TODAS LAS LIQUIDACIONES DE PLUSVALÍA MUNICIPAL QUE HAGA ESE REGISTRADOR SON NULAS Y PUEDEN SER OBJETO DE RECURSO. La Asociación colgará en esta web modelos de recursos contra las liquidaciones municipales giradas por funcionario incompatible. ¿POR QUÉ BUSCA EL  LOBBY REGISTRAL QUE EL PATRONO DE LA FUNDACIÓN REGISTRAL Y HOY MINISTRO DE JUSTICIA FRANCISCO CAAMAÑO  ELIMINE EL CUADRO DE SUSTITUCIONES DEL COLEGIO DE REGISTRADORES?

¿SE PRETENDE OCULTAR QUE NO SE HA RESPETADO EL CUADRO AL NOMBRAR AL SUSTITUTO DEL REGISTRO DE LA MINISTRA BEATRIZ CORREDOR?

Beatriz Corredor, pese a ser Ministra, sigue siendo TITULAR DEL REGISTRO Y DE LA OFICINA LIQUIDADORA DE LILLO, teniendo como sustituto a un Registrador de su máxima confianza, Eduardo Martínez, Registrador de Tomelloso, aunque para colocar a este sustituto se haya tenido que despreciar el orden imperativo del cuadro de sustituciones.  No se ha nombrado al de Quintanar de la Orden, al de Ocaña o al de Illescas 3, que son –sucesivamente- los sustitutos legales. Ni siquiera se ha nombrado a otro de la misma provincia con registro limítrofe, como Madridejos o Toledo, o cualquiera de los otros registros de Illescas (I y II). Pero más allá de saltarse el orden del cuadro de sustituciones, también se ha violentado el sentido común, acudiendo a un registrador de otra provincia. Y puestos a buscar sustitutos en otras provincias o Comunidades Autónomas, no se entiende – salvo designación a dedo- por qué se le da el chollo al registrador de Tomelloso, y se priva del mismo a otros compañeros con residencia en municipios más próximos, como Socuéllamos, Alcázar de San Juan (I y II), Albacete, Villarrobledo, Tarancón o Aranjuez.

Este peculiar sistema de sustitución se produce cuando no se pide la excedencia de la función pública registral. Se da la circunstancia de que la Ley de Incompatibilidades de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación exige la excedencia del cuerpo de registrador para ejercer como Ministro y prohíbe que se pueda llevar el registro, incluso mediante sustituto, mientras se desempeña ese alto cargo. Asimismo, la legislación de incompatibilidades prohíbe también al Alto Cargo cobrar el cincuenta por ciento de los rendimientos del registro y de la oficina liquidadora. Sin embargo, es práctica común entre registradores aplicar el preconstitucional artículo 541 del Reglamento Hipotecario (derogado por las leyes de Incompatibilidades de 1984 y 1999) para repartirse entre el registrador titular sustituido y el registrador sustituto los ingresos del registro y de la oficina liquidadora. Esto supone que Eduardo Martínez, Registrador de Tomelloso cobra 5 RETRIBUCIONES PÚBLICAS (3 conseguidas con su Registro de Tomelloso y 2 más gracias a la sustitución de Beatriz Corredor):
-Sus ingresos por arancel por ser Registrador titular de Tomelloso.-Un porcentaje de los impuestos de los ciudadanos de Castilla La Mancha como titular de la Oficina Liquidadora de impuestos de Tomelloso.
-Sus ingresos por arancel por ser el sustituto del Registro de Lillo ( que debe repartir a medias)-Sus ingresos como sustituto de la Oficina Liquidadora de Lillo (porcentaje de los impuestos de los ciudadanos de Castilla La Mancha como titular de la Oficina Liquidadora de impuestos)
-Sus ingresos por el reciente Convenio con el Ayuntamiento de Tomelloso para liquidar la plusvalía municipal con un porcentaje del 8% de lo pagado por el ciudadano. También es ilegal la percepción simultánea de esos cincos ingresos, al margen de que la Ley de Incompatibilidades de 1984 prohíbe taxativamente a cualquier funcionario público cobrar dos o más retribuciones públicas cuya suma supere el salario previsto en la Ley de Presupuestos para la categoría de Director General. En el presente caso se sobrepasa el límite por más de cincuenta veces.

Los anteriores Ministerios socialistas de Juan Fernando López Aguilar y Mariano Bermejo iniciaron un reforma de los Registros de la propiedad y mercantiles encaminada a reducir los privilegios de los Registradores que perjudicaban al ciudadano español, a fin de progresar en la constitucionalización de la arcaica organización registral.

Esa reforma se quedó a medias por el nombramiento del hombre de “la casa registral”: el patrono registral y hoy Ministro de Justicia Francisco Caamaño.

El actual Decano registral Alfonso Candau, Presidente de Arbo, y la actual Ministra de Arbo Vivienda (así la llaman los funcionarios del Ministerio) la Registradora y exvicepresidente de Arbo, Beatriz Corredor, iniciaron un enconado ataque desde la web www.arbo.org.es contra la Directora General de los Registros exigiendo su cese, algo que se apresuró a realizar el hombre de “la casa registral” Fran Caamaño (utilizando la amigable terminología que tanto usan los Registradores del lobby).

Ahora el lobby registral con su Decano Alfonso Candau a la cabeza, quieren que el compañero “Fran” se cargue el cuadro de sustituciones que aprobó el anterior Ministerio de Justicia socialista, para disimular las irregularidades que publicamos en esta entrada. ¿Por qué quieren los Registradores que el Ministro elimine ese cuadro?

Existen diversas razones, aunque la más importante es que ese cuadro no permite que cualquier Registrador pueda designar como sustituto al Registrador (el amigo o amiga) que le dé gana sino el que corresponda por criterios objetivos. Esto impide que un registrador pueda beneficiar legalmente a un amigo de forma arbitraria o que pueda negociar con un compañero el reparto de los rendimientos bajo la amenaza de “si lo quieres bien y si no busco a otro compañero que pida menos porcentaje”.

La Ministra de Arbo Vivienda y Registradora de la propiedad sigue siendo Registradora de la propiedad de Lillo -me remito al Anuario de la Dirección General de los Registros y del Notariado que publica la editorial del BOE- y ha designado un sustituto distinto del previsto en el Cuadro de Sustituciones. ¿Hizo alguna gestión en el Ministerio la Ministra Beatriz Corredor para que el sustituto de su Registro fuera el anterior Decano del Colegio de Registradores de Castilla La Mancha Eduardo Martínez en vez de el que corresponde legalmente?
¿Con quien reparte Eduardo Martínez su retribución del Registro y de la Oficina liquiadora de Lillo?
¿Cobra alguna cantidad de esos beneficios la Ministra de Vivienda, ya directamente, ya mediante retorno colegial?

Estas cuestiones son importantes porque gracias a esa designación, el Registrador Eduardo Martínez añade a su retribución como Registrador de Tomelloso la retribución del Registro de Lillo y la retribución de la Oficina Liquidadora de Lillo. La solución a todos estos dislates, que sólo ocurren en España, es clara: hacer con el Registro de la propiedad y mercantil lo mismo que el Ministro de Justicia va a hacer con el Registro Civil: un Registro de la propiedad único y un Registro Mercantil único, informatizados, accesibles on line y gratuitos -como en toda Europa- servidos por funcionarios que cobran un sueldo del Estado y no un millón de euros al año como los Registradores de la propiedad y mercantiles.

En contra de europeizar a los Registradores de la propiedad y mercantiles españoles se encuentra la Vicepresidente María Teresa Fernandez de la Vega (muy amiga de alguien muy cercano al Decano Registral Alfonso Candau, que ya utilizó a su entonces Secretario con las Cortes, Fran Caamaño, para paralizar la reforma de los Registradores españoles) el patrono registral y Ministro de Justicia Fran Caamaño y  la Ministra de Arbo Vivienda Beatriz Corredor.

¿Entienden ahora por qué el único lugar de Europa en el que los Registradores de la propiedad y mercantiles no ganan un sueldo sino cantidades multimillonarias es España?
¿Entiende ahora por qué los registradores pueden dedicarse a hacer política sin merma alguna de su situación económica?
¿Entienden, en fin, por qué el lobby registral puede decir: Tenemos en el Consejo de Ministros sentado a “uno de los nuestros” y, a veces, a dos. Y, además, un tercero calentando el sillón del Jefe de la Oposición.

¿ Y entienden, por último, porque Rajoy jamás critica la política de Vivienda de Beatriz Corredor y pese a semejante privilegio sigue siendo la Ministra del Gobierno peor valorada del Siglo?

Seguiremos informando…

Comentarios  

 
+1 #1 14-04-2010 17:38
Me llama la atención el Convenio que se cita. Supongo que la prestación del Sr. Eduardo Martínez al Ayuntamiento de Tomelloso se ha articulado como “Convenio”, y me temo que seguramente dirá “Convenio con el Registro de la Propiedad de Tomelloso”, aqúí hay otro buen escándalo ya que:
1.- El Convenio sería nulo porque el Registro de Tomelloso no tiene personalidad jurídica, solo la tiene el Registrador como persona física.
2.- El Convenio sería nulo porque el Registro de la Propiedad como tal sólo tiene competencia para inscribir títulos y nada más.
3.- Si el que tiene personalidad es el registrador Sr. Eduardo Martínez, resulta que tiene incompatibilida d para realizar actividades privadas. Así la Ley 53/84 de incompatibilida des de los funcionarios prohíbe ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional que se relacionen directamente con las que desarrolle el departamento, organismo o entidad donde estuviera destinado. Mucho menos utilizando el propio departamento u organismo. Todavía más grave es cuando esta propia Ley establece que no podrá reconocerse compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se les hubiera autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos, cosa que concurre en el Sr. Eduardo como registrador titular y registrador sustituto. Peor aún cuando esta Ley exige previo reconocimiento de compatibilidad por parte del Ministerio de la Presidencia. Y mucho peor aún cuando el art. 15 señala: El personal a que se refiere esta Ley no podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional. Y este convenio se atribuye precisamente al Sr. Eduardo por ser registrador de la propiedad de Tomelloso.
4.- Si el que tiene personalidad es el registrador Sr. Eduardo Martínez, entonces actúa como una gestoría, prevaliéndose de abuso de su posición de funcionario registral y violando de la libre competencia pues no se ha ofrecido tal convenio a ninguna otra gestoría, sin que haya habido otras ofertas competitivas.
5.- Por la misma razón el Sr. Eduardo Martínez tendrá que girar una Factura con I.V.A. al Ayuntamiento de Tomelloso. En caso contrario se está produciendo aquí un fraude de I.V.A. que tendrá que dar lugar a las sanciones correspondiente s.
6.- Todavía en el caso de que se entendiera que el Convenio es con el Registro de la Propiedad y que se trata de un instrumento de derecho adminsitrativo público de colaboración entre administracione s, todavía entonces, concurriría en el registrador la incompatibilida d del Artículo 281. RH “El cargo de Registrador es incompatible con el de Juez o Fiscal Municipal o Comarcal, Notario y, en general, con todo empleo o cargo público, en propiedad o por sustitución, esté o no retribuido con fondos del Estado, de la Provincia o del Municipio.”
7.- De todas formas qué cabe esperar si la Ministra de Vivienda sigue cobrando el 50% de su Registro de Lillo!!
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+1 #2 14-04-2010 17:39
Los comentarios y entradas son incomprensibles para cualquier mortal que no esté directamente familiarizado con la jerga, entresijos y circunstancias de estos cuerpos de funcionarios, o lo que sean,tan especiales.
Un poco de pedagogía y lenguaje directo serían de agradecer.
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+1 #3 14-04-2010 17:39
He visto el convenio de Argamillasa de Alba con el registro de Tomelloso y el escándalo es político porque:
- Efectivamente el registrador emitirá factura con IVA
- Por tanto presta un servicio privado
- Si presta un servicio privado ha de convocarse concurso público para adjudicar ese servicio privado de recaudación.
- El Ayuntamiento no ha convocado ningún concurso y por tanto el Convenio esconde una adjudicación a dedo que es nula de pleno derecho.
- Por tanto los particulares pueden impugnar cualquier liquidación que practique el registro sobre el impuesto de plusvalía.
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